jueves, 20 de noviembre de 2008

IVA EN DOCUMENTOS

Los préstamos, créditos y cancelaciones sean o no hipotecarios no llevan nunca IVA (art. 20.uno.18 de la Ley del IVA). Por cierto, en la factura hay que poner la causa de la exención, cosa que ya hace GESWIN para las facturas de préstamos hipotecarios y cancelaciones en el caso de que tengan el MINUTA.DOC de e-gestion-docs con la coletilla correspondiente de IVA.

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